De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria de enero-diciembre de 2022, se recaudaron 3 billones 812 mil 520 millones de pesos; 99.1% en términos reales, un aumento de 245 mil 898 millones de pesos más que en el mismo periodo del año anterior, en términos nominales, uno de los principales responsables de dicho incremento es el uso de la Inteligencia Artificial por parte del SAT, a través de Revisiones Electrónicas del SAT.
En el mundo digital actual, la tecnología está cambiando la forma en que hacemos las cosas, incluso en el gobierno. El Servicio de Administración Tributaria (SAT), está utilizando Inteligencia Artificial (IA) para revisar y verificar los impuestos determinados por los contribuyentes de manera más rápida y precisa, con el objeto de aumentar la recaudación y disminuir los costos tributarios.
Esta tecnología en combinación con la contabilidad electrónica permite al SAT analizar grandes cantidades de información fiscal y determinar posibles omisiones, diferencias o hasta una evasión fiscal, las cuales por lo general son informadas al contribuyente a través de una Carta Invitación o entrevistas de vigilancia profunda.
En este artículo, analizaremos diferentes situaciones que hemos detectado en la práctica que el SAT se encuentra analizando actualmente utilizando revisiones electrónicas.
Diferencias en el IVA trasladado en comprobantes fiscales y el declarado
Cuando realizamos una factura de ingresos a nuestros clientes debemos seleccionar el método de pago de dicha factura los cuales son;
1.- Pago En Una Exhibición (PUE) y
2.- Pago en Parcialidades o Diferido (PPD),
El primero indica que realizamos el cobro de la factura en el mismo mes que se expidió dicho comprobante, y en el segundo caso que es el del método (PPD) estamos obligados a expedir un complemento de pago electrónico haciendo referencia a la fecha en la que recibimos el cobro.
Como podemos analizar el SAT a través de nuestras facturas de ingresos y complementos de pagos puede conocer el monto del IVA cobrado y realizar una comparación contra el IVA trasladado del periodo declarado y en caso de ser menor este último invitarnos a aclarar la diferencia.
Para evitar diferencias ante el SAT debemos realizar la siguiente conciliación, previa a nuestra declaración:
Suma total del IVA de los comprobantes PUE de un mes determinado (ej. enero 2023)
(+) Suma total del IVA de los complementos de pagos relacionados a un mes determinado (je. enero 2023)
(=) IVA total declarado en un periodo determinado (ej. enero 2023)
Diferencias de ISR retenido de sueldos y salarios en recibos de nómina y el declarado
Cuando generamos un recibo de nómina de uno de nuestros colaboradores debemos determinar y mostrar en este el ISR retenido y el periodo al que corresponde, lo cual facilita las autoridades fiscales mediante el uso de IA comparar el monto total de dichas retenciones efectuadas en XML contra el monto declarado por dicho concepto en un periodo determinado.
Derivado de los explicado en el párrafo anterior recomendamos que previo al envió de nuestra declaración conciliemos el total del ISR retenido en recibos de nomina contra el que pretendemos declarar, ya que, si el ISR retenido declarado es menor, el SAT determinara una diferencia solicitando su pago a través de una carta invitación.
Diferencias entre los ingresos facturados y los declarados en para efectos del ISR anual
Como hemos analizado en el presente articulo el SAT tiene en su poder información sobre el monto de los ingresos facturados, los cuales son comparados mediante el uso de IA contra los ingresos acumulados en la declaración anual, al detectar un monto menor genera una alarma para el SAT y envía una carta invitación al contribuyente solicitando la aclaración de dicha diferencia. Derivado de lo anterior, debemos conciliar el monto de los ingresos registrados en la contabilidad, XML emitidos y los presentados en nuestra declaración anual.
Sin embargo, hay situaciones que de acuerdo con la legislación fiscal generan dichas diferencias, y estas son correctas, como por ejemplo en los Contribuyentes Persona Moral RESICO o Sociedades Civiles del régimen general de Ley que tributan en función a flujo de efectivo, por lo que podemos tener facturas no cobradas las cuales no fueron acumuladas.
Diferencias entre ISR retenido por servicios profesionales o RESICO y el declarado
De acuerdo con legislación fiscal vigente los contribuyentes personas físicas con actividades profesionales o del RESICO que obtengan ingresos de Personas Morales serán sujetos de retención de ISR por parte de la PM. La retención mencionada anteriormente deberá encontrarse plasmada en el CFDI por lo que la autoridad puedo realizar la compulsa entre las retenciones efectuadas y la entregadas por parte de la PM, de una manera rápida aplicando IA.
Uno de los principales errores que detectamos en este tipo de retenciones, es que el contribuyente Persona Física factura en un periodo diferente al pago con un método de pago PUE y la PM realiza el pago al SAT de dichas retenciones en el periodo en el cual efectuó el pago de la factura (lo que es correcto), sin embargo, lo anterior genera diferencias en algunos periodos, ya que la factura indica un mes de cobro y el pago de la retención se genera en uno previo, por lo que recomendamos no realizar pagos sin factura y si la factura corresponde a un periodo diferente del pago solicitarla en PPD.
Diferencias entre las deducciones declaradas y las facturas recibidas
Unos de los requisitos para realizar deducciones es que estas se encuentren amparadas con un CFDI, sin embargo, hay ciertos casos que no contamos con uno ya que pueden provenir de depreciaciones, pagos en el extranjero, entre otros.
La autoridad fiscal suele comparar los XML recibidos en el contribuyente contra el monto deducido en el cálculo de la declaración anual.
Derivado de lo anterior es importante conciliar el total de XML recibidos mas los gastos sin XML deducibles para llegar al total de deducciones autorizadas que se pretenden presentar en la declaración anual y de esta manera asegurarnos que la totalidad de nuestras deducciones esta amparada y no tenemos problemas de clasificación.
Conclusiones sobre las Revisiones Electrónicas del SAT
Para evitar posibles omisiones de impuestos debemos conciliar la información de nuestros XML con la información presentada en nuestras declaraciones de impuestos ya sean mensuales o anuales, ya que el SAT constantemente mediante el uso de IA se encuentra en búsqueda de diferencias que pudieran derivar en una mayor recaudación, a través de Revisiones Electrónicas.
Este tipo de conciliaciones se pueden realizar de manera automática con softwares especializados en el análisis de información de los XML, previendo los resultados de las revisiones electrónicas del SAT.